La Resolución General 4026, publicada el día 18/04/2017 en el Boletín Oficial, implemento que el blanqueo de la clave fiscal podrá hacerse también por medio de los cajeros automáticos habilitados por las entidades bancarias. Además modifico los procedimientos para modificar los datos biométricos, el blanqueo y la solicitud de clave fiscal, los mismos se detallan en el siguiente cuadro.
Los cambios de la nueva normativa, son los siguientes:
- El blanqueo de clave que se realiza en forma presencial (en la dependencia AFIP) no requiere que se registren nuevamente los datos biométricos.
- No importa si el ciudadano con CUIT posee o no los datos biométricos registrados, ya que lo puede hacer en cualquier agenciay no es necesario tener los datos previamente registrados.
Si el ciudadano tiene CUIT y sus datos biométricos ya están registrados y aceptados, puede blanquear su clave en cualquier dependencia AFIP. - Cajeros automáticos: La resolución general 4026 implementa la posibilidad de “Blanqueo de clave en forma electrónica”, a través de los cajeros automáticos. El blanqueo efectuado por este medio no disminuye el nivel de seguridad de su clave. Pero si se blanquea por otros medios electrónicos (homebanking e internet –sitio web afip.gob.ar), sí disminuye el nivel de clave.
La clave fiscal con nivel de seguridad 2 podrá ser solicitada por medio de un servicio “homebanking”, utilizando el acceso provisto por la entidad bancaria.